TÍTULO I. DENOMINACIÓN, ÁMBITO, FINES Y DOMICILIO
Artículo 1. Denominación y naturaleza
El Partido Honrado Español (PHE) es una organización política de ámbito nacional, constituida conforme a la Constitución Española y a la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.
Artículo 2. Ámbito de actuación
El PHE desarrolla su actividad en todo el territorio nacional, promoviendo la participación ciudadana en la vida política, la regeneración institucional y el fortalecimiento de la democracia.
Artículo 3. Fines y Objetivos del Partido
El PHE se constituye para articular las demandas de regeneración democrática y lucha contra la corrupción sistémica en España, promoviendo las siguientes líneas de actuación y propuestas normativas:
1. Regeneración Institucional y Despolitización del Estado:
- Eliminar instituciones superfluas o duplicadas que no aportan valor social ni económico, como el Senado y el Consejo de Estado.
- Suprimir los aforamientos y privilegios penales que permiten a los cargos políticos ser juzgados por tribunales especiales.
- Eliminar la inviolabilidad e inmunidad parlamentaria que genera situaciones de impunidad.
- Erradicar el transfuguismo político motivado por intereses personales o de partido.
- Reestructurar el Tribunal de Cuentas y los órganos de control para asegurar su independencia real del poder ejecutivo.
- Reformar la Ley Electoral para garantizar una representación proporcional, justa y equitativa.
- Exigir titulación universitaria acreditada y acorde a la materia para la designación de responsabilidades de gestión política y altos cargos ejecutivos, delegando las funciones técnicas de la Administración Pública en cuerpos de funcionarios de carrera seleccionados por oposición pública y transparente.
2. Eficiencia Presupuestaria y Reducción del Despilfarro:
- Suprimir las pensiones vitalicias para cargos políticos, equiparando su régimen de jubilación al sistema general de la Seguridad Social.
- Reducir la densidad política a la mínima expresión operativa, estableciendo un límite legal máximo de un cargo político por cada 2.000 ciudadanos.
- Reducir gastos superfluos, uso indiscriminado de coches oficiales y estructuras paralelas.
- Racionalizar la estructura autonómica eliminando las embajadas regionales, entes paralelos y duplicidades administrativas, garantizando que la gestión recaiga en personal técnico y preservando el patrimonio cultural local sin generar sobrecostes.
- Evitar la duplicación de carteras ministeriales y regular los salarios públicos de forma ajustada a criterios de responsabilidad y utilidad real.
- Reestructurar el gasto público para garantizar un control exhaustivo en la distribución de recursos y subvenciones.
3. Desarticulación de la Red Privada y Lucha contra la Corrupción:
- Erradicar la corrupción pública y privada mediante sistemas efectivos de fiscalización y transparencia.
- Desmantelar las redes clientelares y los mecanismos de opacidad en la contratación pública.
- Eliminar las barreras administrativas que favorecen a grandes grupos corporativos en la adjudicación de contratos u obras públicas, promoviendo la libre concurrencia y la pyme.
- Combatir el uso de puertas giratorias entre el sector público y las corporaciones reguladas.
4. Justicia Social, Protección Económica y Transparencia Fiscal:
- Reducir la presión fiscal sobre el trabajo para fomentar la contratación, reducir el empleo informal y proteger el salario real.
- Obligar a la deflactación automática de los tramos del IRPF y mínimos personales ajustándolos a la inflación real (IPC).
- Ajustar las retenciones impositivas a la realidad de las familias, evitando penalizaciones por tener varios pagadores.
- Regular y coordinar los impuestos municipales a nivel nacional mediante un coeficiente ligado a la renta per cápita local para evitar abusos recaudatorios.
- Recalcular la tipificación del IVA, reduciendo o eximiendo de este impuesto a los productos de primera necesidad.
- Vincular la prestación por desempleo al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Erradicar el caciquismo, nepotismo y el intrusismo profesional que degrada los servicios públicos.
- Reformar el sistema educativo para primar el esfuerzo, la adquisición real de conocimientos y el pensamiento crítico.
Artículo 4. Domicilio social
El domicilio social del PHE se establecerá en la dirección que determine la Junta Directiva y se comunicará formalmente al Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.
TÍTULO II. AFILIACIÓN, DERECHOS Y DEBERES
Artículo 5. Afiliación
Podrán afiliarse al PHE las personas físicas mayores de edad, con plena capacidad de obrar, que no tengan suspendidos sus derechos políticos, compartan los fines del partido y se comprometan a cumplir los presentes estatutos.
Artículo 6. Derechos de los afiliados
Los afiliados tienen derecho a:
- Participar en las actividades del partido y en sus órganos de gobierno y representación en la forma prevista en estos estatutos.
- Ejercer el derecho de voto y ser elegibles para los cargos internos del partido, en condiciones de igualdad de oportunidades.
- Ser informados de manera transparente sobre la composición de los órganos directivos, los acuerdos adoptados, el estado de las cuentas y las actividades organizativas.
- Impugnar los acuerdos de los órganos del partido que consideren contrarios a la Ley o a los estatutos.
- Recurrir ante la Comisión de Garantías para la defensa de sus derechos de afiliado.
Artículo 7. Deberes de los afiliados
Los afiliados están obligados a:
- Compartir los fines del partido y colaborar activamente en la consecución de sus objetivos.
- Respetar lo dispuesto en la legislación vigente y en los presentes estatutos.
- Acatar los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno del partido.
- Abonar las cuotas ordinarias y extraordinarias asignadas según el reglamento de afiliación.
TÍTULO III. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y ÓRGANOS GENERALES
Artículo 8. Órganos del Partido
El PHE se estructura a través de los siguientes órganos de gobierno, representación y control:
- Asamblea General: Órgano supremo de decisión, integrado por los afiliados, que se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al año.
- Junta Directiva: Órgano ejecutivo colegiado encargado de la administración y gestión diaria de la organización.
- Presidencia: Ostenta la representación legal y política del partido.
- Secretaría General: Coordina la actividad interna, la ejecución de acuerdos y el funcionamiento administrativo.
- Tesorería: Gestiona los recursos económicos, la contabilidad y la fiscalización presupuestaria.
- Comisión de Garantías: Órgano independiente encargado de velar por los derechos de los afiliados, el régimen disciplinario y el cumplimiento estatutario.
Artículo 9. Elección de Cargos Orgánicos
Los cargos de los órganos internos del partido se elegirán mediante sufragio libre, directo y secreto por los afiliados. La provisión de responsabilidades se regirá por los principios de idoneidad, transparencia y cumplimiento de las directrices normativas expuestas en los presentes Estatutos.
Artículo 10. Canal Ético e Inmunidad del Denunciante
El PHE dispondrá de un Canal Ético estructurado mediante un buzón anónimo cifrado, gestionado de forma independiente por la Comisión de Garantías o un órgano externo especializado.
Se garantiza la indemnidad, confidencialidad y protección absoluta a todos los afiliados o terceros que reporten de buena fe irregularidades, sospechas de corrupción o incumplimientos estatutarios dentro de la organización.
TÍTULO IV. RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y GARANTÍAS
Artículo 11. Infracciones y Sanciones
- Infracciones: Se clasifican en leves (incumplimientos formales u ocasionales), graves (conductas que menoscaben la imagen del partido o reiteración en faltas leves) y muy graves (comisión de delitos, corrupción, uso desleal de fondos o vulneración grave de los estatutos).
- Sanciones: Amonestación (leves), suspensión temporal de derechos de afiliación (graves) y expulsión del partido (muy graves).
- Procedimiento: El procedimiento sancionador se iniciará por la Comisión de Garantías asegurando los principios de audiencia, contradicción, presunción de inocencia y resolución motivada, con derecho a recurso ante la Asamblea General.
- Medidas Cautelares: En casos de especial gravedad o riesgo reputacional, se podrá acordar la suspensión provisional cautelar de la afiliación durante la tramitación del expediente.
TÍTULO V. RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE TRANSPARENCIA
Artículo 12. Régimen Económico e Independencia Financiera
El PHE se financiará exclusivamente mediante las cuotas voluntarias de sus afiliados e ingresos propios legítimos derivados de sus actividades organizativas o promocionales.
El partido renuncia expresamente a las subvenciones públicas, a los créditos con entidades bancarias o financieras y a las donaciones corporativas o de personas jurídicas, garantizando así su absoluta independencia política. La contabilidad será auditada periódicamente y se publicará de forma abierta en los canales oficiales.
TÍTULO VI. IGUALDAD Y DERECHOS
Artículo 13. Plan de Igualdad y Protocolo de Actuación
El PHE promoverá la igualdad real de oportunidades dentro de su estructura interna y actuará con firmeza frente a cualquier violencia:
- Plan de Igualdad Interno: El acceso a responsabilidades y órganos internos se basará exclusivamente en el mérito, la capacidad y la idoneidad personal, sin cuotas genéricas ni composiciones paritarias obligatorias.
- Protocolo contra la Violencia: Se dispondrá de un protocolo activo para prevenir, detectar y sancionar de forma inmediata cualquier situación de acoso o violencia en el ámbito orgánico del partido.
TÍTULO VII. DISOLUCIÓN Y PATRIMONIO
Artículo 14. Disolución del Partido
La disolución del PHE solo podrá ser acordada por la Asamblea General mediante mayoría cualificada de dos tercios de los asistentes. En caso de disolución, el patrimonio neto resultante tras la liquidación de pasivos se destinará íntegramente a entidades benéficas o sociales de interés general, comunicándolo formalmente al Registro de Partidos Políticos.